Cobertura Ambulatoria

Son aquellos gastos razonables e que incurren los titulares beneficiarios al recibir tratamiento médico como consecuencia de una enfermedad o accidente que amerite atención médica. Esta tipo de cobertura ampara lo siguiente:

Emergencias ambulatorias.

Consultas médicas.

Exámenes de laboratorio.

Exámenes paraclínicos simples tales como: ecosonograma, mamografía, densitometría, entre otros.

Radiografías simples.

Medicinas.

Reembolsos contra los servicios antes citados.


MONTO: 300.000,00Bs./ grupo familiar/ año fiscal